Impuesto de circulación de un coche eléctrico según ciudad

⚠️ Aviso: el IVTM es un impuesto municipal y sus cifras exactas cambian cada año según la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento. Las cantidades de este artículo son orientativas; confirma siempre el importe exacto en tu ayuntamiento.

El impuesto de circulación de un coche eléctrico no depende solo del descuento que aplique tu ciudad, sino también de la cuota base según la potencia fiscal de tu coche y del coeficiente que cada ayuntamiento aplica sobre esa base. Esto significa que dos coches eléctricos idénticos pueden pagar cifras finales distintas según en qué ciudad estén matriculados, incluso con el mismo porcentaje de bonificación. Te lo mostramos con números reales.

Cómo se calcula realmente el IVTM

La fórmula es esta: cuota base fijada por ley × coeficiente municipal (hasta x2) − bonificación por etiqueta ambiental (si aplica).

La cuota base la establece el Real Decreto Legislativo 2/2004 (Ley de Haciendas Locales), y es la misma en toda España. Pero cada ayuntamiento puede aplicar un coeficiente multiplicador de hasta el 200% sobre esa cuota base, lo que explica que un mismo coche pague cifras muy distintas según el municipio, incluso antes de aplicar ningún descuento por ser eléctrico.

Las cuotas base según potencia fiscal (iguales en toda España)

Potencia fiscal (CVF)Cuota base legal
Menos de 8 CVF12,62€
De 8 a 11,99 CVF34,08€
De 12 a 15,99 CVF71,94€
De 16 a 19,99 CVF89,61€
20 CVF o más112,00€

Un matiz importante: la potencia fiscal (CVF) no es lo mismo que la potencia del motor en CV. Es un cálculo distinto, basado en una fórmula que tiene en cuenta las características técnicas del motor, no su potencia comercial. El dato exacto de tu vehículo aparece en la casilla “P.2” de tu permiso de circulación.

Cuánto pagas realmente en cada ciudad (para un coche de 12-15,99 CVF)

Tomando como referencia un turismo de potencia media (12-15,99 CVF, un tramo muy habitual en coches eléctricos de gama media), esto es lo que pagarías en distintas ciudades antes de aplicar la bonificación por ser eléctrico:

CiudadCuota anual (antes de bonificación)Bonificación eléctricoCuota final aproximada
Madrid~129€ – 144€Hasta 75%~32€ – 36€
Barcelona~141€75% (durante 6 años)~35€
Valencia~128€Hasta 75%~32€
Sevilla~135€Entre 50% y 75% según fuente~34€ – 68€
Zaragoza~127,50€Hasta 75%~32€

Como puedes ver, la cuota antes de bonificación ya varía entre ciudades (de 127,50€ a 144€ para el mismo tramo de potencia), y a eso se suma que el porcentaje de descuento tampoco es idéntico en todas partes, como vimos en detalle en el artículo específico sobre las bonificaciones del IVTM por ayuntamiento.

Por qué la cuota “antes de bonificación” ya es distinta entre ciudades

La cuota base es igual en toda España, pero el coeficiente multiplicador que aplica cada ayuntamiento no lo es. Puede ir desde el 100% (sin incremento sobre la cuota mínima legal) hasta el 200% (el doble de la cuota base), lo que explica que ayuntamientos con coeficientes más altos tengan cuotas de partida más elevadas, independientemente de cualquier bonificación posterior por vehículo eléctrico.

Ejemplo completo con todos los tramos: Madrid

Para que veas el efecto del coeficiente municipal en todos los tramos de potencia, este es el desglose completo de Madrid para 2026:

Potencia fiscalCuota en Madrid
Menos de 8 CVF20€
De 8 a 11,99 CVF59€
De 12 a 15,99 CVF129€
De 16 a 19,99 CVF179€
20 CVF o más224€

Comparando con la tabla de cuotas base legales, se aprecia que Madrid aplica un coeficiente notablemente superior al mínimo en todos los tramos, casi el doble de la cuota base legal en varios casos.

Cuándo se paga y cómo se calcula la fecha

El IVTM se devenga el 1 de enero de cada año, y se paga según el domicilio fiscal del titular del vehículo en esa fecha, no según dónde vivas en el momento del pago si te has mudado durante el año. Cada ayuntamiento fija su propio periodo de pago voluntario: en Madrid, por ejemplo, el plazo habitual se sitúa entre abril y junio. Consulta el calendario fiscal de tu ayuntamiento concreto para no incurrir en recargos por pago fuera de plazo.

Qué hacer si te mudas de ciudad

Si cambias tu domicilio fiscal de una ciudad a otra durante el año, el impuesto correspondiente a ese ejercicio se paga según dónde estuvieras empadronado a 1 de enero. El cambio de ciudad solo afectará al cálculo del IVTM a partir del ejercicio siguiente, una vez actualizado tu domicilio fiscal en el registro correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Por qué mi coche eléctrico paga distinto impuesto que uno idéntico matriculado en otra ciudad? Porque cada ayuntamiento aplica su propio coeficiente multiplicador sobre la cuota base legal (hasta el doble), además de fijar su propio porcentaje de bonificación para vehículos eléctricos, por lo que ambos factores varían de una ciudad a otra.

¿La potencia fiscal es lo mismo que los CV del motor? No. Son cálculos distintos. La potencia fiscal (CVF) es la que determina tu tramo del IVTM, y aparece en tu permiso de circulación, no coincide necesariamente con la cifra de potencia comercial del motor.

¿Cuándo se paga el impuesto de circulación? Se devenga el 1 de enero de cada año, aunque el periodo de pago voluntario varía según el ayuntamiento; en Madrid, por ejemplo, suele situarse entre abril y junio.

¿Puedo pagar menos IVTM cambiándome a un municipio con coeficiente más bajo? Técnicamente sí, si tu domicilio fiscal real está en ese municipio, pero no es una estrategia legal si no resides efectivamente allí; el IVTM se paga según tu domicilio fiscal real, no según dónde te convenga fiscalmente.

Conclusión

El impuesto de circulación de un coche eléctrico varía según la ciudad por dos motivos que rara vez se explican juntos: la cuota base antes de cualquier descuento ya es distinta entre municipios, por el coeficiente multiplicador que aplica cada ayuntamiento sobre la cuota legal, y a eso se suma un porcentaje de bonificación por ser eléctrico que tampoco es idéntico en todas partes. Para un coche de potencia media, la cuota final tras la bonificación suele moverse entre 30€ y 70€ al año en las principales ciudades españolas, una cifra que conviene confirmar siempre en la ordenanza fiscal concreta de tu municipio.


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