Nueva deducción del IRPF para coches eléctricos 2023

Nueva deducción del IRPF para coches eléctricos 2023

Beneficios fiscales para la adquisición de vehículos eléctricos

El Gobierno acaba de anunciar una nueva medida para fomentar la transición hacia una movilidad más sostenible. Se trata de un beneficio fiscal para la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga.

Deducción IRPF para la compra de coches eléctricos

La deducción en el IRPF es una de las principales ventajas que ofrece esta medida. Los contribuyentes podrán deducir el 15 % del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas sobre el precio total de la adquisición del vehículo eléctrico enchufable y de pila de combustible. En esta cantidad se incluyen el valor del vehículo y los gastos e impuestos inherentes de la adquisición, aunque se debe descontar la posible cuantía de alguna subvención.

Esta deducción permite al contribuyente reducir el importe a pagar en su declaración de la renta, lo que supone un ahorro significativo.

Es importante destacar que la deducción tiene un límite máximo de 20 000 euros y estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2024.

¿Qué vehículos se admiten para poder disfrutar de la deducción del IRPF?

Solo se podrá deducir la compra de los vehículos que cumplan con estas características:

  • Turismos M1: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.
  • Cuadriciclos ligeros L6e: Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 425 kg, no incluida la masa de las baterías, cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 6 kW.
  • Cuadriciclos pesados L7e: Vehículos de cuatro ruedas, con una masa en orden de marcha (no incluido el peso de las baterías) inferior o igual a 450 kg en el caso de transporte de pasajeros y a 600 kg en el caso de transporte de mercancías, y que no puedan clasificarse como cuadriciclos ligeros.
  • Motocicletas L3e, L4e, L5e: Vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, de más de 50 cm3 o velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto vehicular no exceda de una tonelada.
  • Debe ser nuevo y matricularse por primera vez en España antes del 31 de diciembre de 2024
  • Debe figurar en la base de vehículos del IDAE
  • No puede usarse para ninguna actividad económica

¿Cómo se aplica la deducción?

Para disfrutar de la deducción del 15 % el vehículo debe adquirirse a partir del 28 de junio de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024. La deducción se aplicará íntegramente en el periodo adquisitivo en el que se matricule el vehículo.

Otra opción es abonar al vendedor una cuantía a cuenta para la futura adquisición del vehículo que suponga al menos el 25 % del valor de adquisición. En este caso, la deducción se practicará en el periodo impositivo en el que se abone tal cantidad, debiendo abonarse el resto y adquirirse el vehículo antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad.

Deducción IRPF para la instalación de infraestructuras de recarga

En este sentido, se ha establecido una deducción en el IRPF para aquellos contribuyentes que instalen puntos de recarga en sus propiedades. En este caso, la base máxima anual de esta deducción es de 4000 € y se consideran los gastos de inversión en equipos y materiales, gastos de instalación y las obras que se hayan tenido que hacer. La obra deberá estar terminada antes de 2025.

Al igual que ocurre con los vehículos, se deben descontar otras subvenciones que se disfruten y no podrá usarse para actividades económicas.

Ampliación del límite de potencia para la instalación de puntos de recarga

Anteriormente, existía un límite de potencia de 250 kilovatios para la instalación de puntos de recarga. Sin embargo, como parte de estas medidas de incentivo, se ha elevado este límite a 3 megavatios. Esta ampliación permitirá una mayor capacidad de carga en los puntos instalados, lo que contribuirá a una mayor eficiencia en la recarga de los vehículos eléctricos.

Pues consultar toda la información sobre esta subvención en el artículo 189 del Real Decreto 5/2023.

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