Plan Moves III en Valencia

Plan Moves III en Valencia

El Gobierno ha decidido extender la duración de las ayudas para la movilidad eléctrica del Plan Moves III hasta el 31 de julio de 2024, prolongando así su vigencia por seis meses adicionales.

Programa de ayudas a la movilidad eléctrica en Valencia

La alta demanda de los usuarios para solicitar las ayudas del plan Moves III en Valencia, ha llevado al Estado a doblar la ayuda a la compra de coche eléctrico, hasta los 84 millones. La red pública de estaciones de recarga de vehículos eficientes pasa de 1.700 puntos a más de 4.000 en la Comunitat Valenciana

¿Qué es el Plan Moves III?

El Plan Moves III es un programa de incentivos de compra de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga, gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), y que cada Comunidad Autónoma de España publica y gestiona sus convocatorias de ayudas Moves III.

Las ayudas se pueden pedir hasta el 31 de julio de 2024.

Requisitos para solicitar ayudas para el Plan Moves 3 en Valencia

La Comunidad Autónoma de Valencia, en colaboración con el plan Moves III, convoca dos programas de incentivos:

  • Programa de incentivos 1 (Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos): Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible.
  • Programa de incentivos 2 (Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga): Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Cómo solicitar las ayudas del Plan Moves III en Valencia

Para solicitar las ayudas del plan Moves III en Valencia se puede hacer:

Documentación para la adquisición de vehículos eléctricos en Valencia

La documentación necesaria para solicitar las ayudas del plan Moves III en Valencia para la adquisición de coches eléctricos es:

1.- Copia de la solicitud normalizada -debidamente cumplimentada- firmada por la persona o entidad solicitante y, en su caso, por el concesionario/punto de venta. Esta solicitud incluirá:

  • Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en particular, de hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y para el caso de empresas, que no se encuentra en situación de crisis y que no está sujeta a una orden de recuperación por declaración de la Comisión de ayuda ilegal e incompatible, según Reglamento 651/2014 de la Comisión Europea.
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de integración laboral de personas con diversidad funcional o, en su caso, la exención de dicha obligación, en los términos establecidos en el artículo 5 del Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat.
  • Para el caso de las personas físicas sin actividad económica cuya solicitud no supere los 10.000 euros y para entidades y organismos públicos, declaración responsable de encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. Para el resto de solicitantes, se presume la autorización para que el IVACE obtenga directamente los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la administración y obligaciones frente a la Seguridad Social, salvo denegación expresa, en cuyo caso se deberán aportar los certificados correspondientes.

2.- Copia del DNI/NIE/NIF de la persona/entidad solicitante, según su naturaleza jurídica.

3.- Declaración responsable de no haber recibido otras ayudas en relación a la actuación subvencionada, según modelo disponible en la web de IVACE. En el caso de profesionales autónomos, deberán declarar todas las ayudas de minimis concedidas de esta u otra administración en el ejercicio fiscal en curso y en los dos ejercicios fiscales anteriores, independientemente de si estas son para los mismos costes subvencionables que los previstos por la presente convocatoria como para cualquier otro, que estén sujetas al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 o a otros reglamentos de minimis.

Documentación para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en Valencia

La documentación necesaria para solicitar las ayudas del plan Moves III en Valencia para la instalación de punto de recargas es:

  • En el caso de personas jurídicas y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, además de lo indicado en el punto anterior, documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que formule la solicitud de ayuda como representante de estas, debidamente inscrita, en su caso, en los registros públicos correspondientes.
  • Fotocopia del DNI, NIE o documento equivalente que acredite la identidad de la persona solicitante. Únicamente cuando se oponga expresamente a su consulta.
  • Fotocopia del NIF, en el caso de personas jurídicas.
  • Para el caso de una entidad vinculada o dependiente del sector público, declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a la Comunidad Autónoma o a una entidad local y donde declare si desarrolla o no actividad comercial y mercantil, y donde declare si desarrolla actividad económica en el mercado.
  • Para el caso de profesionales autónomos, certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social cuando la cuantía de la ayuda supere los 10.000 euros por persona o entidad beneficiaria, conforme con lo previsto por la letra c) del artículo 63 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. Únicamente cuando no haya autorizado expresamente a la Administración para su consulta.
  • Documento acreditativo de la residencia fiscal en el caso de personas físicas (con o sin actividad económica), cuando se oponga expresamente a su consulta.
  • Memoria descriptiva, conforme a anexo al presente formulario, de las actuaciones a acometer que contenga, al menos, descripción y alcance de la actuación, inversión, coste subvencionable y ayuda solicitada.
  • Anexo V de otorgamiento de la representación, en su caso. 

¿Cuánto puedo conseguir?

La cuantía de las ayudas del programa Moves III en Valencia varían en función de si se es:

  • Un particular recibe ayuda para un vehículo por convocatoria.
  • Una comunidad de propietarios o administración: 50 vehículos/año.
  • Un autónomo, la máxima ayuda que puede recibir la establece el Reglamento de minimis.

Cuantía de las ayudas del plan Moves III en Valencia para la adquisición de vehículos eléctricos

Motorización Categoría Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km) Límite precio venta vehículo (€) antes de IVA o IGC Ayuda
Sin achatarramiento Con achatarramiento
PYME Gran Empresa PYME Gran Empresa
Pila combustible Turismo (M1) 2.900 2.200 4.000 3.000
Eléctricos Mayor o igual de 30 y menor de 90 45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 a 9 plazas) 1.700 1.600 2.300 2.200
Mayor o igual de 90 2.900 2.200 4.000 3.000
Eléctricos y Pila de combustible Furgoneta (N1) Mayor o igual de 30 3.600 2.900 5.000 4.000
Cuadriciclo ligero (L6e) 800 1.000
Cuadriciclo pesado (L7e) 1.200 1.500
Motocicleta (L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3kW) Mayor o igual de 70 10.000 750 700 950 900

Cuantía de las ayudas del plan Moves III en Valencia

Ayuda (% coste subvencionable)
Localización general Municipios < 5.000 hab*
Particulares, autónomos, comunidades propietarios, administración sin actividad económica 70% 80%
Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público y P ≥ 50 kW 35% (45% Mediana empresa) (55% Pequeña empresa) 40% (50% Mediana empresa) (60% Pequeña empresa)
Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso privado o acceso público con P < 50kW 30% 40%

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